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El Pleno aprueba la nueva ordenanza de animales, que eleva a 43 las infracciones y prohíbe el abandono tras un atropello

Oficinas Municipales 2

El nuevo texto sustituye al aprobado hace más de 20 años y actualiza la regulación sobre protección y tenencia de animales en la ciudad, permitiendo, entre otras cosas, que la Policía Local pueda rescatar a un perro encerrado en un coche cuando esté en riesgo de deshidratación

Se elevan a la categoría de sanciones graves infracciones como no identificar a las mascotas mediante el microchip, dar de comer a los animales que se constituyan en plaga, y se prohíben los circos con animales salvajes, la venta de animales expuestos en tiendas o el uso de lejías junto con el agua con el que se diluye el orín en los espacios públicos

Las Palmas de Gran Canaria, lunes 25 de febrero de 2098.- El Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha aprobado hoy la nueva Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales, regulando esta materia por primera vez desde 1997 y estableciendo nuevas reglas sobre la tenencia y protección de los animales, de tal forma que se elevan hasta 43 las infracciones tipificadas. Se introduce como novedad que no está en otras ordenanzas del Archipiélago la atención del animal atropellado, prohibiendo que quede a su suerte en la carretera.

También se amplían los supuestos de confiscación en caso de malos tratos, cuando los animales presenten síntomas de agresión física, deshidratación o desnutrición.

El texto, explicó la concejala de Fomento, Servicios Públicos y Carnaval, Inmaculada Medina, es mucho más completo que el aprobado hace más de 20 años y se ha elaborado contando con la participación de organizaciones y colectivos que velan por el bienestar de los animales.

El artículo 23 de la ordenanza señala que en caso de ser atropellado un animal por un vehículo cuando éste circule por las vías urbanas, el conductor del vehículo estará obligado a comunicar el hecho a la mayor brevedad a las autoridades. “Si el animal resultase herido, el conductor del vehículo, siempre que no peligre su integridad física y el poseedor del animal se encontrase ausente, tendrá la obligación de comunicar el atropello a las autoridades competentes, así como la ubicación del animal para que pueda ser atendido. En ningún caso se abandonará”, se indica.

En el artículo 12 también se hace referencia al transporte de animales en vehículos particulares, señalando que debe efectuarse en un espacio suficiente y ventilado. No se podrán trasladar animales en los maleteros de vehículos que no estén adaptados especialmente para ello.

Sobre la permanencia de animales en vehículos particulares, se prohíbe mantener animales en el interior de vehículos salvo por causa justificada y por un tiempo no superior a 2 horas, siempre y cuando disponga de ventilación suficiente y la temperatura exterior no supere los 25 grados centígrados. Si el animal presentara síntomas de deshidratación, golpe de calor o insolación, así como cualquier evidencia de que su vida corre peligro, podrá ser rescatado por la Policía Local y el propietario del animal correría con los gastos derivados de dicho rescate.

La ordenanza, que ya fue aprobada en Junta de Gobierno y Comisión de Pleno, además de someterse a un periodo de exposición pública de 30 días,  mantiene el cuadro de sanciones, de acuerdo a la actual ley que regula este ámbito, entre los 30 a 150 euros por sanción leve; 151 a 1.500 euros por una grave; y 1.501 a 15.000 euros por unas sanción muy grave. Se permite, durante la instrucción de los procedimientos sancionares, y cuando la situación lo requiera, retirar los animales que sufran maltrato.

Se elevan a la categoría de sanciones graves infracciones como no identificar a las mascotas mediante el microchip, dar de comer a los animales que se constituyan en plaga, y se prohíben los circos con animales salvajes, la venta de animales de forma no autorizada, realizar cría o venta fuera de establecimientos autorizados, el uso de lejías o desinfectantes con el agua para diluir el orín en los espacios públicos o mantener a los animales atados o encerrados de forma que sufran daño o aislamiento.

En el capítulo de establecimientos de venta de animales, se regula exhaustivamente el bienestar de los animales objeto de comercio, para que estén en las mejores condiciones posibles en función de sus necesidades. Entre otras cuestiones, los perros y gatos se venderán a través de catálogo y se prohíbe la venta de animales antes del momento recomendado para el destete de cada especie. También se exige la esterilización de los animales objeto de venta, adopción o transacción económica.

Se regula la identificación sólo con microchip, estableciéndose la obligación de identificar a todas las mascotas con microchip o mediante el procedimiento que le corresponda.

Se incluyen nuevas obligaciones relacionadas con el bienestar animal tales como las condiciones físicas y psicológicas y se establece un número máximo de cinco animales. Se regula el uso del ascensor, se prohíbe la tenencia de ganado y animales de corral en núcleos urbanos. Y se prohíbe la tenencia de gallos en suelo urbano.

La ordenanza prohíbe utilizar collares de ahorque, pinchos o eléctricos, también las atracciones feriales giratorias con animales atados y los espectáculos circenses que utilicen animales salvajes en cautividad.

Se deja en abierto para negociar con las autoridades del transporte público la posibilidad de viajar con mascotas, bajo ciertas normas de seguridad e higiene. Los propietarios de establecimientos públicos podrán, a su criterio, permitir la entrada de animales, señalizándolo de forma visible, delimitando una zona y exigiendo medidas de seguridad e higiene.

La ordenanza reduce los plazos de 20 a 10 días para localizar al dueño y de 10 a 5 días para recoger al animal, de tal forma que se evite que el animal sufra durante un tiempo prolongado el abandono o extravío. La ordenanza regula expresamente la autanasia como último recurso frente a otras alternativas que impidan el sacrificio del animal.

Se regula la posibilidad de que si tiene microchip, pueda avisarse al propietario del animal, algo que no se recogía antes y la ordenanza recoge por primera vez las colonias de gatos, por tratarse de un fenómeno propio de las grandes ciudades, que necesita una solución eficaz y humanitaria.