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El Ayuntamiento refuerza el ICIO con bonificaciones para fomentar la vivienda asequible y la movilidad sostenible

La Junta de Gobierno da luz verde a una importante modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, con el objetivo de adaptarla a los cambios legislativos recientes y responder a los retos sociales y ambientales actuales

La ordenanza, que deberá ser aprobada por el Pleno, bonificará en un 50% la cuota del impuesto a las obras destinadas a la construcción de viviendas de protección oficial, tanto de promoción pública como privada

En el ámbito de la movilidad sostenible, se establecerá una bonificación del 20% para las actuaciones destinadas a la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de septiembre de 2025. La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en su sesión celebrada este jueves, ha aprobado la modificación del proyecto de Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), que incluye, entre sus novedades, nuevas bonificaciones para impulsar la construcción de la vivienda protegida y para favorecer la movilidad sostenible mediante la deducción por la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

Como explica el concejal de Presidencia, Hacienda, Modernización y Recursos Humanos, Francisco Hernández Spínola, “estas modificaciones garantizan una ordenanza actualizada, clara y alineada con los retos sociales, ambientales y urbanísticos actuales” y, a la vez, permiten “reforzar la seguridad jurídica y la equidad en la aplicación del tributo” de forma que se contribuye a una gestión “más eficiente, transparente y equitativa en beneficio del interés general y, sobre todo, una reducción de la carga tributaria”.

Con esta modificación del ICIO, cuya anterior actualización había sido en 2014, se da respuesta a la necesidad de adaptar el texto a los cambios legislativos estatales y autonómicos, especialmente en materia urbanística, así como a la mejora de la eficacia administrativa y a pronunciamientos jurisprudenciales.

Así, el Ayuntamiento ha reorganizado de manera más clara la normativa sobre beneficios fiscales de este impuesto. Ahora cada tipo de bonificación aparece recogido en un artículo independiente, a lo que se suma un apartado específico sobre la compatibilidad entre distintas reducciones y otro que unifica aspectos prácticos como los plazos para pedirlas, los requisitos de documentación.

Impulso a la vivienda asequible y a la movilidad sostenible

Una de las principales medidas es la incorporación de una bonificación de hasta el 50% en el ICIO para las viviendas de protección oficial, tanto de promoción pública como privada, así como a las actuaciones de rehabilitación y a las promociones mixtas en las que al menos la mitad de las viviendas tengan carácter protegido. Con esta decisión, el Consistorio apoya la creación de vivienda asequible y atiende a la creciente necesidad de acceso a un hogar digno, al tiempo que se alinea con las políticas públicas que consideran la vivienda un derecho fundamental.

La otra gran novedad es la creación de una bonificación de hasta el 20% para las obras destinadas a instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos. Se trata de un incentivo que refuerza el compromiso municipal con la movilidad sostenible, la reducción de emisiones y los objetivos de descarbonización.

De forma complementaria, se recoge que las bonificaciones no podrán aplicarse de manera simultánea y que, en caso de que un proyecto pueda acogerse a diferentes beneficios, será necesario optar por uno de ellos.

La reforma también actualiza la definición del hecho imponible, del sujeto pasivo y de la base imponible, incorporando figuras como la comunicación previa y la declaración responsable, en coherencia con la normativa urbanística de Canarias. También se mejora la gestión del impuesto mediante la digitalización de trámites y la separación entre liquidación provisional y definitiva.

Tras la aprobación en la Junta de Gobierno, la modificación de esta ordenanza fiscal deberá ser aprobada por el Pleno municipal, seguido de un periodo de información pública de 30 días hábiles.