Ir al contenido principal de la página

El Ayuntamiento abre el plazo para conceder permisos de ampliación de horario en las celebraciones de Navidad y Fin de Año

Las instancias se encuentran disponibles en la web del Ayuntamiento (www.laspalmasgc.es) y en las oficinas municipales situadas en la calle León y Castillo, 270
Los establecimientos interesados deben entregar la documentación antes del próximo 15 de diciembre  

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de noviembre de 2023.-  El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a través de la Concejalía de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, ha abierto hasta el próximo 15 de diciembre el plazo de concesión de las autorizaciones para la ampliación de horario de las celebraciones con motivo de las fechas navideñas los días 24 y 31 de diciembre.

Aquellos establecimientos con licencia municipal de apertura deben solicitar los permisos mediante la presentación de la instancia debidamente cumplimentada y la póliza de seguros de responsabilidad civil en vigor. Para aquellos que carezcan del título habilitante en vigor, deberán incorporar a la documentación requerida una instancia para su autorización, o en su caso, una declaración responsable.

El Servicio de Actividades Clasificadas, dependiente del área de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, no concederá permisos a aquellos establecimientos que cuenten con medida ejecutiva de paralización o precinto. Esta ampliación de horarios no incluye las terrazas ubicadas en  espacios públicos, que deben de ser retiradas en el horario establecido por la ordenanza municipal.

Las empresas que no hayan comunicado la ampliación de horario en el plazo establecido no quedan habilitadas para dicha ampliación, debiendo cumplir los horarios establecidos.
 
Las instancias podrán ser obtenidas en la página www.laspalmasgc.es o en el Servicio de Atención Ciudadana ubicado en la planta baja de las dependencias municipales situadas en la calle León y Castillo, número 270.

El horario de finalización de las celebraciones tanto del día 24 como del día 31 de diciembre será las 06:00 de la mañana del día siguiente, sin excepción alguna, con media hora para el desalojo.