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Miembros de Protección Civil

30448-1

Al cuerpo de voluntarios de Protección Civil pueden pertenecer las personas que residan en el municipio y tengan interés en colaborar en la prevención de riesgos y en actuaciones para abordar situaciones de emergencia. La prestación de este servicio se realiza de modo gratuito y altruista, sin relación contractual alguna con el Ayuntamiento, aunque no exenta de obligaciones.

Todo voluntario de Protección Civil está obligado a cubrir un mínimo de sesenta horas anuales, así como a cooperar con su mayor esfuerzo, interés, disciplina y espíritu social en cualquier misión de socorro, ayuda y rescate de víctimas. En caso de emergencia, deberá incorporarse a su puesto a la mayor brevedad posible.

Del mismo modo, le asisten unos derechos, entre los que el más importante es el de disponer de un seguro de accidentes. Dado los riesgos que entraña este servicio, el Ayuntamiento está obligado a cubrir a los voluntarios con seguros que abarquen indemnizaciones por disminución física, invalidez temporal o permanente, fallecimiento y asistencia médica.