Lo que el usuario debe saber
En el taxi, ha de exponerse a la vista el carnet municipal del conductor, las tarifas en vigor, la matrícula del vehículo, el número de licencia y el taxímetro.
En los servicios solicitados por teléfono, el taxímetro comenzará a funcionar al llegar el vehículo al punto de llamada por el viajero.
La bandera se bajará una vez que el usuario comunique al conductor el destino del viaje y deberá subirse al llegar al punto de destino
En caso de duda sobre el importe de la carrera, exija recibo y reclame en el Ayuntamiento, en la sección de Transportes o en la Oficina del Consumidor.
Tarifas aplicables
TARIFA URBANA
Publicado en el B.O.C 014 Orden 103 de 22 de enero de 2009 por la que se aprueban las tarifas urbanas de auto-taxis, para su aplicación en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, a instancias de la Asociación de Trabajadores Autónomos de Auto-Taxis y Auto-Turismos de Las Palmas (A.T.A.T.)
Precios vigentes
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Bajada de bandera: 1,60 euros
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Kilómetro recorrido: 0,54 euros
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Hora de espera: 10,32 euros
Suplementos no acumulativos
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Nocturno : 0,55 euros.
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Festivos: 0,55 euros
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Navidad (24 y 31 de diciembre y 5 de enero), de 6 a 22 horas: 0,55
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Nochebuena, Nochevieja y Reyes (desde las 22 horas de los días 24 y 31 de Diciembre y 5 de enero, hasta las 22 horas del día festivo siguiente: 3,00 euros
Suplementos adicionales
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Entrada y salida de los Puertos Interiores : 0,55 euros.
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Entrada y Salida de los Puertos Exteriores: 0,75 euros.
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Bultos (4) : 0,35 euros.
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Servicio prestado a través de radio-taxi: 0,50 euros.
TARIFA INTERURBANA
Publicado en el B.O.C 257 Orden 2046 de 12 de diciembre de 2008 por la que se establece el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos autotaxis.
Precios vigentes
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Horario diurno |
Horario nocturno |
Precio por kilómetro recorrido o fracción |
0,5352 |
0,6071 |
Precio por hora de espera |
14,5395 |
14,5395 |
Mínimo de percepción |
3,05 |
3,35 |
Precio por fracción cada 15 minutos de espera |
3,60 |
3,60 |
Suplemento inicio/destino puertos y aeropuertos |
1,65 |
1,65 |
El horario nocturno es de 22 a 06 horas.
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Tarifa 2: Aplicable al Servicio Interurbano de ida y vuelta al municipio de origen, con permanencia del usuario en el vehículo
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Tarifa 3: Aplicable al Servicio Interurbano, y la vuelta se regresa sin el usuario.
La diferencia entre estas tarifas es el número de metros por salto en tarifa
El conductor está obligado a:
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Proporcionar al cliente cambio de hasta 20 euros.
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Extender recibos por el importe del servicio, cuando se lo soliciten los usuarios. En el recibo ha de figurar la matrícula, licencia del vehículo, fecha, hora, origen, destino e importe de la carrera, nombre y NIF del conductor.
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No fumar si lo requiere el usuario.
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Seguir el itinerario indicado por el pasajero siempre que con ello no incumpla las normas de circulación y realizar el camino más corto en distancia o tiempo, cuando no haya indicación.
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Prestar servicio a invidentes o inválidos.
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Vestir adecuadamente y con pulcritud y ser educado.
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Bajar la bandera al iniciar el servicio. En caso de olvidarse, será de su cargo el importe devengado, a no ser que llegue a un acuerdo con el pasajero.
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Abrir y cerrar ventanas a petición del usuario y ayudar a los ancianos, discapacitados, enfermos y niños a subir y a apearse del vehículo.
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Recoger y colocar equipajes y bultos.
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Encender la luz interna por la noche para facilitar la subida, la bajada y el pago del servicio.
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No negarse a realizar un servicio sin causa justificada.