Puntos de Acopio Transitorio de Residuos (PATR)
Este servicio de recogida itinerante de Residuos (PATR) permite deshacerse de residuos que no pueden depositarse en los contenedores urbanos como trastos y enseres voluminosos (aparatos eléctricos o informáticos, electrodomésticos, enseres del hogar, maderas, somieres, muebles, colchones, etc.) y escombros domésticos procedentes de obras menores.
Horario y funcionamiento
Enero 2026: De lunes a viernes de 8:00 a 12:00 horas
A partir de febrero 2026 el horario será de lunes a viernes de 11 a 17 horas.
Cada distrito contará con 5 Puntos de acopio itinerantes, situándose cada día en una ubicación diferente dentro del distrito, siempre en lugares accesibles para la población.
Medios humanos y mecánicos:
Programación
Consulta la programación de enero 2026 aquí (PDF)

Consulta la programación de tu Distrito
(a partir de Febrero 2026)
Centro
Programación febrero 2026 en PDF AQUÍ
Ciudad Alta
Programación febrero 2026 en PDF AQUÍ
Isleta, Puerto, Guanarteme
Programación febrero 2026 en PDF AQUÍ
Tamaraceite, San Lorenzo, Tenoya
Programación febrero 2026 en PDF AQUÍ
Vegueta, Cono Sur y Tafira
Programación febrero 2026 en PDF AQUÍ





Límites
El servicio acepta residuos exclusivamente domiciliarios, no comerciales, con los siguientes límites por persona:
Hasta 5 bultos de residuos voluminosos.
Hasta 5 sacos de escombros de obras menores.
Este dispositivo itinerante complementa el Servicio de Recogida de trastos mediante cita previa ya existente, ampliando las opciones para que la ciudadanía pueda desprenderse de sus residuos de forma cómoda y adecuada.
Todos los residuos voluminosos recogidos serán trasladados al Punto de Clasificación de Residuos ubicado en las instalaciones del Servicio de Limpieza. Allí se procederá a clasificarlos por tipologías de residuos y a entregar los que correspondan a los Gestores Autorizados para garantizar un tratamiento correcto y sostenible.

Infracciones y sanciones
Abandonar trastos sin autorización en la vía pública, solares o contenedores está prohibido.
Las sanciones pueden ser desde 120 € hasta 1.800 €, según la gravedad o reiteración.
(Arts. 82, 83 y 155, 156 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Pública, OMLP).