Juntas Municipales de Distrito
Juntas Municipales de Distrito
Nacen con la entrada en vigor de La Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. Son órganos de gestión desconcentrada que posibilitan la participación de los ciudadanos en el gobierno y la administración de la Ciudad, sin perjuicio del mantenimiento de la unidad de gestión del gobierno municipal. Ostentará las competencias que expresamente le atribuya la Alcaldesa y, en su caso, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, en los términos y con el alcance que establezca el decreto o el acuerdo de delegación.
Composición
La Junta Municipal de Distrito estará compuesta por:
- El Concejal Presidente de Distrito, que actuará de Presidente de Junta Municipal del Distrito
- El Concejal Vicepresidente del Distrito
- Los vocales representantes de los vecinos. Se establece para cada Distrito un número de vocales en función de la población que la integra conforme a la siguiente escala:
- El Director del Distrito, que actuará de Secretario de la Junta.
- Decreto 43335/2024, de 11 de noviembre, de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Popular en la Junta Municipal de Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
- Decreto 42297/2024, de 30 de octubre, de la alcadesa por el que se modifica Decreto 26902/2023, de 29 de junio, por el que se designa nuevo presidente de Distrito Ciudad Alta
- Decreto 40682/2024, de 23 de octubre, de la alcaldesa de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Muinicipal Vox, en la Junta Municipal de Distrito Centro
- Decreto 35760/2024, de 18 de septiembre, de la alcaldesa de revocación de nombramientos de don Adrián Santana García como concejal delegado de del Área de Cultura y como concejal presidente del Distrito de Ciudad Alta.
- Decreto 35011/2024, de 11 de septiembre, de la alcaldesa de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
- Decreto 34965/2024, de 10 de septiembre, de la alcaldesa de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Centro
- Decreto 27767/2024, de 5 de julio, de la alcaldesa de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Socialista, en la Junta Municipal de Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
- Decreto 27772/2024, de 5 de julio, de la alcaldesa de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta
- Decreto 27015/2024, de 3 de julio, de la alcaldesa de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Muniicpal Vox, en la Junta Municipal de Distrito Centro.
- Decreto 18103/2024, de 2 de mayo, de la alcaldesa de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Vox, en la Junta Municipal de Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme.
- Decreto10560/2024, de 13 de marzo, de la alcaldesa de revocación de nombramientos y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Centro
- Decreto 10144/2024, de 11 de marzo, de la alcaldesa de revocación de nombramientos y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Mixto, en la Junta Municipal de Distrito Centro
- Decreto 10143/2024, de 11 de marzo, de la alcaldesa de revocación de nombramientos y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Mixto, en la Junta Municipal de Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
- Decreto7254/2024, de 21 de febrero, de la alcaldesa de revocación de nombramientos y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Vox, en la Junta Municipal de Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
- Decreto 7253/2024, de 21 de febrero, de la alcaldesa de revocación de nombramientos y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Vox, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta
- Decreto 7252/2024, de 21 de febrero, de la alcaldesa de revocación de nombramientos y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Político Municipal Vox, en la Junta Municipal de Distrito Centro
- Decreto de la alcaldesa por el que se procede a la rectificación del error aritmético detectado en sus Decretos números 27152/2023, de 5 de julio, y 26902/2023 de 29 de junio, respectivamente, por el que se nombra a los concejales presidentes y vicepresidentes de distritos, y se determina la distribución proporcional de vocales cuyo nombramiento corresponde proponer a cada grupo político municipal
Presidentes y Vicepresidentes
Los Concejales Presidentes de Distritos son:
Distrito | Concejal/a Presidente/a |
---|---|
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira | D.ª Saturnina Santana Dumpiérrez |
Distrito Centro | D.ª José Eduardo Ramírez Hermoso |
Distrito Isleta-Puerto–Guanarteme | D. Héctor Javier Alemán Arencibia |
Distrito Ciudad Alta | D.ª Betsaida González Rodríguez |
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya | D.ª Esther Lidia Martín Martín |
Los Concejales Vicepresidentes de Distritos son:
Distrito | Concejal/a Presidente/a |
---|---|
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira | D.ª María del Carmen Vargas Palmés |
Distrito Centro | D. Pedro Quevedo Iturbe |
Distrito Isleta-Puerto–Guanarteme | D.ª Carla Campoamor Abad |
Distrito Ciudad Alta | D. Josué Íñiguez Ollero |
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya | D. Carlos Alberto Díaz Mendoza |
Los concejales vicepresidentes de distritos sustituirán al concejal presidente respectivo en la totalidad de sus funciones en las circunstancias legalmente establecidas.
Competencias de Presidentes y Vicepresidentes.
Las establecidas en el artículo 16 del Reglamento Orgánico de los Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, así como las que les sean atribuidas por delegación de la alcaldesa y, en su caso, por la Junta de Gobierno de la Ciudad, en el ámbito de su respectivo distrito, y en los términos determinados en el ROGA.
El ejercicio efectivo de las competencias atribuidas a cada concejal presidente comportará tanto la facultad de dirección del distrito correspondiente como su gestión, incluido dictar actos administrativos, que adoptarán la forma que establece el ROGA.
Vocales
Se establece para cada Distrito un número de vocales en función de la población que la integra conforme a la siguiente escala:
- Hasta 50.000 habitantes: 11 vocales.
- De 50.001 hasta 100.000 habitantes: 13 vocales.
- De 100.001 en adelante: 15 vocales.
La determinación del número de vocales que corresponde a cada uno de los grupos políticos municipales, a efectos de que estos efectúen propuesta de nombramiento, es la siguiente:
Número de Vocales por G.P.M.
Distrito | Población a 1.1.2022 | Número de vocales | Vocales por G.P.M. |
---|---|---|---|
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira | 67.929 | 13 | Socialista: 5 |
Popular: 4 | |||
VOX: 2 | |||
Mixto: 2 | |||
Distrito Centro | 81.117 | 13 | Socialista: 5 |
Popular: 4 | |||
VOX: 2 | |||
Mixto: 2 | |||
Distrito Isleta-Puerto–Guanarteme | 71.169 | 13 | Socialista: 5 |
Popular: 4 | |||
VOX: 2 | |||
Mixto: 2 | |||
Distrito Ciudad Alta | 103.542 | 15 | Socialista: 6 |
Popular: 5 | |||
VOX: 2 | |||
Mixto: 2 | |||
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya | 55.040 | 13 | Socialista: 5 |
Popular: 4 | |||
VOX: 2 | |||
Mixto: 2 |
Sesiones
La Junta de distrito celebrará como mínimo con una sesión ordinaria cada dos meses, pudiendo convocarse sesiones extraordinarias siempre que fuese preciso, a iniciativa de cualquiera de los siguientes órganos o autoridades:
- El Concejal Presidente.
- La mayoría absoluta de los vocales.
- El Alcalde de la Corporación.
Atribuciones
- Seguimiento de la actuación municipal en el distrito.
- Acordar la elevación a otros órganos municipales de las aspiraciones del vecindario en materias de interés del distrito o que sean esenciales o relevantes para todo el municipio.
- Fomentar las relaciones del Ayuntamiento con todas las entidades asociativas del distrito.
- Fomentar los cauces de participación ciudadana en el Distrito.
- Promover la programación de los objetivos del distrito, los planes de actuación del mismo y la asignación de los recursos necesarios para su ejecución, de acuerdo con las normas presupuestarias correspondientes, pudiendo al efecto adoptar el acuerdo-propuesta que corresponda.
- Informar el proyecto anual de los Presupuestos Municipales, y especialmente de los proyectos y partidas que se gestionen directamente desde el Distrito.
- Trasladar a la Junta Local de Seguridad los problemas de seguridad ciudadana del Distrito
- Trasladar a la Administración competente por razón de la materia las propuestas de mejoras en los centros y equipamientos del Distrito, dando traslado a los órganos municipales que tienen atribuciones para satisfacerlas
- Proponer mejoras en la gestión de los equipamientos que dependen de las áreas de gobierno.
- Emitir su informe en la evaluación de la ejecución de los diferentes planes de actuación y proyectos municipales que tengan como ámbito el distrito, así como en el control de eficacia respecto de la actuación de los mismos.
- Formular propuestas de normas de régimen interno elevándolas al Pleno de la Corporación para su pertinente aprobación.
- Elevar propuestas de acuerdo para su consideración por los órganos colegiados municipales, así como de resoluciones de los órganos de gobierno unipersonales.
- Promover y ordenar la elaboración de estudios sobre las necesidades de los distritos en el respectivo ámbito territorial.
- Solicitar información a los órganos de gobierno del Ayuntamiento sobre antecedentes que tengan relación con las materias de su competencia.
- Examinar las peticiones e iniciativas individuales y colectivas de los vecinos y, tras emitir informe no vinculante, proponer a los órganos de gobierno municipal la solución que corresponda.
- Velar por que se facilite a todos los vecinos la máxima información y difusión de la gestión municipal en el distrito a través de los medios de comunicación y telemáticos que se estimen más convenientes.
- Aprobar el presupuesto del distrito, cuando le corresponda la distribución de los fondos asignados o, en su caso, formular la correspondiente propuesta al respecto.
- Garantizar la solidaridad y equilibrio entre los diversos barrios que integren su ámbito territorial de actuación
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