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Acceso a la Información Pública

Ley 19/2013, art., 21

Ley 12/2014, art., 35

Información revisada en octubre de 2023

Información en otros formatos: (pdf) (docx) (odt)

Trámite de Derecho de acceso a información pública

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, con el fin de facilitar a la ciudadanía el ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, conforme establece la normativa vigente, pone a su disposición el trámite "Derecho de acceso a la información pública".

A través del siguiente enlace podrá acceder a la ficha informativa del referido trámite, así como a la instancia de solicitud correspondiente.

Cabe destacar que el derecho de acceso a la información pública, regulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, asiste a todas las personas debidamente identificadas a obtener información pública que incluye los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la norma indicada anteriormente y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, establece la regulación de los instrumentos necesarios para la transparencia administrativa y recoge, en su título III, las normas que rigen el derecho de acceso a la información pública, regulado y garantizado por la mencionada Ley 19/2013, de 9 de diciembre, que tiene el carácter de legislación básica estatal.

Las Unidades Responsables de la Información Pública (URIP)del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria han diseñado un procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Dicho procedimiento se ha trasladado recientemente al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, para su revisión. Una vez que el citado procedimiento sea aprobado, se pondrá a disposición de la ciudadanía a través del Portal de Transparencia del Ayuntamiento. En la actualidad, se publica información de carácter general sobre dicho procedimiento.

Resumen procedimiento derecho de acceso a la información pública

Órgano competente en materia de Derecho de Acceso

Dirección General de Administración Pública según decreto 30454/2019 de fecha 19 de julio de 2019 y decreto 42073/2020 de fecha 20 de noviembre de 2020

Reclamación ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Se podrá reclamar ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, contra las resoluciones, expresas o presuntas, relativas a las solicitudes de acceso, con carácter potestativo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa, tal como recoge la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, en su capítulo 3, sección 2.

Para más información puede acceder al portal del Comisionado de Transparencia de Canarias.