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El Ayuntamiento actualiza y agiliza los trámites administrativos para mejorar la competitividad de los mercados municipales

El cambio del reglamento tiene como objetivo su adaptación a la nueva realidad social de los mercados municipales, actualizando su regulación

Entre las novedades propuestas, destacan los cambios en el uso de los espacios comunes o la desaparición de la subasta como medio de adjudicación de los puestos vacantes

Las Palmas de Gran Canaria, miércoles 27 de mayo de 2020.- El concejal de Desarrollo Local, Empleo y Turismo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Pedro Quevedo, ha mantenido hoy una reunión con los representantes de los mercados municipales para informarles de la modificación del Reglamento de Mercados que se llevará a cabo en los próximos meses, con el objetivo de adaptarlo a las nuevas realidades.
Ante la transformación de la realidad social, la oferta se ha multiplicado, y las tendencias a la hora de adquirir bienes y servicios por parte de la ciudadanía se han diversificado, lo que ha provocado la desaparición de las circunstancias que hacían que los municipios tuvieran la obligatoriedad de dispensar el servicio de mercados y lonjas centrales.
El concejal ha explicado que los cambios en los que se trabaja desde el servicio de Desarrollo Local pretenden “adaptarse a esta modificación del concepto general de los mercados municipales y mejorar su competitividad en estas condiciones” y ha recordado que “estos enclaves siguen manteniendo una función fundamental como referentes del comercio tradicional de alimentos frescos y de la vida social de la ciudad”.
Pedro Quevedo ha asegurado que “es imprescindible que la Corporación municipal siga prestando la mayor atención a los mercados, no solo por la labor que realizan como impulsores del sector primario local, sino también como elementos indispensables de la cultura gastronómica y de la identidad cultural de la capital grancanaria”.
De esta forma, a través de las futuras modificaciones al reglamento, se pretende actualizar la regulación de estos enclaves, adecuándolos a la nueva realidad social y ampliando su concepto.
En primer lugar, se definirá al mercado como ‘establecimiento público, gestionado directa o indirectamente por el Ayuntamiento, que integra un colectivo de locales de comercio al por menor y, en su caso, servicios, como pueden ser los de restauración, hostelería, unidad alimentaria, y otros, que compartan la utilización de espacios e instalaciones de uso común’.
Además, se trabaja en la introducción de cambios en la delimitación de los posibles usos admisibles en los mercados, incluyendo la posibilidad de que éstos cuenten con áreas destinadas a ‘actividades culturales, educativas, deportivas, de salud y bienestar social, que contribuyan a la mejora de la oferta de servicios del consumidor’.
También se valora permitir aquellas áreas destinadas a servicios terciarios ‘que contribuyan al desarrollo y correcto funcionamiento de los mercados o que lo complementen permitiendo prolongar la vida y el uso de estas instalaciones, como servicios de restauración, hostelería, unidad alimentaria, actividades de degustación, u otros como elemento dinamizador’.
Asimismo, se pretende que la actualización del reglamento incluya que los espacios comunes, entendiendo por éstos los que no están adscritos a ningún puesto o servicio específico del mercado, puedan destinarse al ‘desarrollo de actividades lúdicas, comerciales que dinamicen el mercado, recreativas o de promoción de productos, y en general actividades dinamizadoras, siempre que sean compatibles con la naturaleza de esos espacios, y no afecten al normal funcionamiento del mercado ni a la seguridad de personas o bienes’.
Por otro lado, se sugiere la ampliación de la autonomía de la empresa concesionaria del servicio, con el fin de dotar de mayor agilidad y flexibilidad a la gestión del servicio. Así, la empresa concesionaria deberá gestionar el mercado, garantizando la continuidad de la prestación de las actividades.
De esta forma, desaparecería la subasta como medio de adjudicación de los puestos vacantes. En el régimen de explotación indirecta de los mercados, la empresa concesionaria garantiza la actividad de forma continuada, cediendo el uso de los puestos a terceros a través de un contrato donde se regularán las relaciones entre ambas partes en régimen de derecho privado, sin perjuicio de las potestades administrativas de policía, sancionadoras y de defensa del dominio público que corresponden al Ayuntamiento.
Por último, se trabajará en la regulación de un régimen sancionador, con una tipificación específica de infracciones y sanciones, y con la delimitación de competencias en la materia.
El Servicio de Desarrollo Local del Consistorio capitalino abrirá un período de recepción de propuestas al documento por parte de los mercados a partir de la próxima semana, para valorar la inclusión de aquellas aportaciones que hagan estos enclaves antes de iniciar los trámites administrativos correspondientes.