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El Ayuntamiento abre la convocatoria para la adjudicación del puesto número 1 del Mercadillo de San Lorenzo

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde mañana, jueves 14

El puesto deberá destinarse a la venta de alimentos preparados y de bebidas no alcohólicas

Las Palmas de Gran Canaria, miércoles 13 de octubre de 2021.- El área de Desarrollo Local, Empleo y Turismo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el anuncio de la convocatoria para la adjudicación del puesto número 1 del Mercadillo Agrícola de San Lorenzo.
Las personas interesadas podrán presentar solicitudes en los próximos 10 días hábiles a contar a partir de mañana, jueves 14 de octubre. Una vez comprobada la documentación, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en la web https://www.laspalmasgc.es/es/areas-tematicas/desarrollo-local-comercio-y-consumo/ y en el Tablón de Anuncios de la Corporación, pudiendo formularse reclamaciones en contra de la misma en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la misma.
La autorización se concede exclusivamente para la venta de alimentos preparados singulares y/o de especial calidad, así como bebidas no alcohólicas. Estos deberán reunir las condiciones técnico-sanitarias de elaboración, manipulación, empaquetado y presentación de unidades de venta, así como las relativas a la higiene de los productos alimenticios.
El puesto a adjudicar consiste en una caseta de madera de 6x3 m2, con suelo de goma, dotada de instalación eléctrica y de iluminación, fregadero nuevo y equipamiento industrial de cocina, y nueva instalación de abastecimiento (fría y caliente) y saneamiento.
El titular no podrá, sin previa autorización expresa del Ayuntamiento, modificar la naturaleza o disposición de las instalaciones ni realizar ninguna obra en el puesto, aunque podrá instalar hasta cuatro mesas, 16 sillas y sombrillas. Las mesas y las sillas deberán ser de estilo rústico, de madera o imitación de madera, prohibiéndose el uso de mantelería de plástico o papel. Las sombrillas, además de cumplir este requisito, deberán tener una base adecuada para evitar su caída o vuelco y no podrán tener anclajes sobre el pavimento.
La autorización tendrá un periodo de vigencia de un año, prorrogable anualmente hasta un máximo de cuatro.